En cumplimiento del artículo 10 de la Ley 34/2002, del 11 de julio, de servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSICE) se exponen a
continuación los datos identificativos de la empresa.
Denominación social:
Duarte Asesores Correduria de Seguros SL
Número de identificación fiscal:
B51026482
Domicilio social:
Plaza de los Reyes (Edificio) sn Local 9
51001 Ceuta
Correo electrónico:
duarteseguros@ucgrupo2015.com
Teléfonos:
956512915
692163868
692163871
Datos de inscripción en el registro mercantil:
Duarte Asesores Correduria de Seguros SL, sociedad limitada constituida en Ceuta, en el año 2011, por Escritura Pública número protocolo 2011/449/N/14/03/2011, ante
el notario D. Jose Eduardo Garcia Perez del Ilustre Colegio de Andalucia.
Inscrita en el Registro Mercantil de Ceuta en el tomo 109, folio 60, hoja CE-2466, inscripción 1ª.
Autorizados para ejercer como Correduría de Seguros por la DGSFP con clave J-2915., para operar en todo el territorio nacional.
Contratados seguros de Responsabilidad Civil y de Caución.
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sustituyan, completen y/o modifiquen las presentes condiciones, y sobre las cuales se informará al usuario en cada caso concreto.
POLITICA DE
TRANSPARENCIA
Qué criterios utilizamos para elegir y comparar de los productos de las Compañías
aseguradoras.
Los corredores/corredurías de seguros, son los únicos profesionales titulados y facultados para
asesorarle desde la más estricta independencia e imparcialidad, respecto de las entidades aseguradoras. Es por ello, que el asesoramiento que sometemos a su consideración ha sido basado en un
análisis objetivo, consistente en analizar de forma generalizada contratos de seguros ofrecidos por un número suficiente de entidades aseguradoras que operan en el mercado, considerando qué
corresponde a su petición y su perfil dentro de una valoración de méritos para buscar una correcta recomendación personalizada de cobertura a sus requerimientos y necesidades.
Es por ello por lo que negociamos acuerdos de distribución con las entidades aseguradoras,
generalistas y especialistas, que son capaces de ofrecer los mejores productos aseguradores. Pudiendo proponer la mejor alternativa adecuada a sus necesidades.
Aparte de la experiencia ganada durante años y el conocimiento que poseemos del sector, los
criterios que han sido tenidos en cuenta en para elegir a las Compañías Aseguradoras con las que establecer relaciones mercantiles, al objeto de proceder a la colocación de los riegos se basarán en
las siguientes premisas:
Analizamos la solvencia de la entidad sobre la que se pretende distribuir sus productos y que
posean autorización administrativa de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Examinamoslos condicionados de las pólizas de aquellos a los Ramos de seguro que sean de interés
para nuestros clientes, revisando las coberturas, exclusiones, franquicias, precios y restantes condiciones, además de valorar aspectos como el servicio, la atención la gestión en caso de
siniestro
Entidades aseguradoras sobre las que ofrecemos productos y la relación contractual con el distribuidor.
De acuerdo con la normativa de distribución de seguros,pactamos las mejores condiciones para la
distribución de productos con las compañías aseguradoras sin que estoscontratos puedan en ningún caso afectar a nuestra independencia como asesores. Ya que el corredor realiza su labor a favor del
cliente y no de la compañía.
Derivados de estos acuerdos mercantiles ofrecemos a los potenciales tomadores la posibilidad de
suscribir productos aseguradores con las siguientes compañías. HELVETIA, PLUS ULTRA, REALE, LIBERTY, MAPFRE, PREMAAT, ASISA, DKV, ADESLAS, SURNE, HISCOX, ALLIANZ, GENERALI, MONTEPIO DE CONDUCTORES,
ASEGRUP.
Qué coste tiene el servicio que proporcionamos.
Tal y como marca la normativa que regula nuestra actividad, la remuneración que percibe el corredor
de seguros de la aseguradora tiene la forma de comisiones.
Asimismo puede cobrar al cliente honorarios por su trabajo, pactandolo con el cliente por
escrito e informandole previamente del importe, expidiendo en este caso una factura independiente del recibo de prima.
Si el precio del seguro que figura al final de proceso está o no garantizado.
A través de nuestro proceso de mutitarificación obtendrás de forma rápida ysencilla los precios y
comparativas de las opciones que ofrecemos. Según cada compañía se advertirá si el precio final es garantizado o si puede variar en función del riesgo y las coberturas. Pero siempre sabrás el precio
final a la hora de contratar.
Para la contratación a distancia por otros medios te informaremos siempre del precio final de la
prima del seguro.
Seguros contratados a distancia (sean de vida o de no vida)
Se reconoce a los tomadores el derecho a desistir del contrato sin indicación de los motivos y sin
penalización alguna siempre que:
- NO se trate de contratos en los que el tomador asume el riesgo de la inversión o en los que la rentabilidad
garantizada esté en función de las inversiones asignadas al contrato (seguros unit-linked).
- NO se trate de seguros de viaje o equipaje de duración inferior a un mes.
- NO se trate de seguros de duración inferior al plazo previsto para desistir.
- NO se trate de seguros obligatorios para el tomador.
- NO se trate de planes de previsión asegurados (contratos de seguro de vida con idéntico funcionamiento y finalidad
que los planes de pensiones).
La voluntad de desistir se envíe al asegurador, en papel u otro soporte duradero, en un plazo de 14
días (no vida) o 30 días (vida), a contar desde que se notifique al tomador que el contrato se ha celebrado o desde la recepción de la información contractual si esta recepción fuese
posterior.
Esta política de transparencia será revisada anualmente y modificada si se produce algún cambio.
Costando aprobada y vigente desde febrero de 2020.
DEPARTAMENTO DE
ATENCION AL CLIENTE
La Ley 26/2006, de
17 de julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados establece en su
artículo 44.3 que los corredores de seguros, las
sociedades de correduría de seguros y los
mediadores de seguros residentes o domiciliados en
otros estados del Espacio Económico
Europeo que ejerzan en España en régimen de
derecho de establecimiento o en régimen de libre
prestación de servicios, deberán contar con un
Departamento o Servicio de Atención al Cliente
para resolver las quejas y reclamaciones.
Y que a estos
efectos, podrán contratar externamente el desempeño de las funciones del
Departamento o
Servicio de Atención al Cliente con otra persona o entidad ajena a la estructura
de su Organización
siempre que el Titular del Departamento o Servicio reúna los requisitos
exigidos en dicha
normativa.
¿Cómo contactar con el Departamento?
Puede dirigir sus quejas y reclamaciones a las siguientes direcciones:
FEDERACION DE MUTUALIDADES
C/JOSE DE LA CAMARA 3 Y 5 41013
SEVILLA
marta.molina@federacionmutualidades.org
telf 954988406
El Departamento de Atención al cliente debe resolver sus reclamaciones en un plazo de DOS
MESES,
a contar desde el día siguiente a su presentación en dicho departamento.
Puede Vd. también dirigirse al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondo
de
Pensiones, siempre y cuando previamente haya agotado la vía del Departamento de Atención al
Cliente,
a la siguiente dirección:
Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
Paseo de la Castellana, núm. 44
28046 Madrid
También se haya a su disposición una Hoja de Reclamaciones